El caso de la indígena Valentina Rosendo Cantú

Redacción/Mirador Judicial 2018-06-19 08:31:56 Valentina Rosendo,Valentina Rosendo

Después de 16 años de buscar justicia, Valentina Rosendo Cantú finalmente la encontró en la sentencia dictada en días pasado contra dos militares por delitos de violación y tortura.

La mujer indígena Me'phaa de la sierra de Guerrero fue agredida sexualmente cuando era menor de edad por Nemesio Sierra García y Armando Pérez Cantú. Al no poder resolver su caso en el país, buscó apoyo en instancias internacionales.

Integrantes del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan dieron a conocer el fallo dictado el pasado 1 de junio por la jueza Fabricia Contreras Perales del Juzgado Séptimo del Distrito del estado de Guerrero, al calificar la sentencia como un acto sin precedentes.

El tribunal federal emitió una pena de 19 años, cinco meses y un día de prisión en contra de los militares.

El 22 de febrero de 2002, en el municipio de Acatepec, Guerrero, ocho militares se acercaron a ella para interrogarla, al no proporcionar la información que buscaban, la golpearon , amenazaron de  matarla a ella y a todos los de la comunidad de Barranca Bejuco; y  posteriormente la violaron, de acuerdo a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).


El 31 de agosto de 2010, la Corte IDH ordenó al Estado mexicano implementar 16 medidas de reparación, como investigar lo sucedido en el fuero civil, y no militar, y proceder a identificar, juzgar y sancionar a las personas responsables para garantizar el acceso a la justicia de Valentina Rosendo Cantú.

La sentencia de la Corte provocó que en 2014 México modificara parcialmente el Código de Justicia Militar, "estableciéndose que las violaciones de derechos humanos cometidas por militares contra personas civiles se investigaran en tribunales civiles", destacan en un comunicado el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional para Centroamérica y México (CEJIL), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).

En rueda de prensa, Tania Reneaum, directora ejecutiva de Amnistía Internacional México, señaló que la sentencia "marca un antecedente para futuras mujeres porque nos ayuda a disentir de una verdad histórica, de una verdad que siempre hemos aprendido las mujeres de que nuestro cuerpo es para los hombres y de los hombres. Esta sentencia nos dice que nuestro cuerpo y nuestra voluntad es nuestra: el cuerpo de las mujeres solo le pertenece a las mujeres".