La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)
expidió la autorización pero con algunas condiciones para que Petróleos
Mexicanos (Pemex) inicie la construcción de la Refinería de Dos Bocas, en
Tabasco.
Destacó que ha aplicado los estándares más estrictos para
la salvaguarda de los bienes y servicios ambientales de la zona y la seguridad
de las personas y comunidades.
Considerando que el proyecto se construirá en sitios
aledaños a donde existen humedales, se ha prohibido interrumpir o desviar
cualquier cauce o flujo de escurrimientos (temporales o permanentes), drenes,
arroyos, canales, o cualquier otro tipo de cuerpos de agua.
Además, deberá mantenerse a salvo la integridad del flujo
hidrológico de la zona remanente del manglar que se localiza en las orillas del
río Seco, por lo que no podrá realizar ningún relleno, dejar bordos, ni
construcción de infraestructura que pueda alterar o perturbar el libre flujo de
agua o provoque la desecación de algún humedal.
También como medida de compensación acorde con la
afectación causada por la ejecución de la construcción de la Refinería y como
estrategia de ASEA para recuperar servicios ambientales a la comunidad dentro
del mismo Sistema Ambiental Regional (SAR) donde se originaron, se imponen
acciones de reforestación en la Laguna de Mecoacán, mismas que deberán
realizarse en coordinación con el Gobierno del Estado de Tabasco.
La ASEA ordena también la realización de acciones
específicas para la protección de los remanentes de manglar que quedan en el
cauce del rio Seco, por lo que Pemex deberá de realizar el monitoreo de tasas
de cambio del manglar a través del Sistema de Monitoreo de los Manglares de
México, identificando el estado y las tendencias de cambio (pérdida, deterioro
o recuperación) de la cobertura de manglar en el Sistema Ambiental Regional (SAR)
y en el área del proyecto.
En caso de presentar pérdidas o deterioro de la cobertura
vegetal, Pemex deberá de identificar las acciones que están provocando dichas
afectaciones y aplicar las medidas de mitigación y/o compensaciones necesarias
para que dicha cobertura siga su tendencia de recuperación.
Se impone a Pemex la obligación de presentar un programa
de monitoreo de la calidad de agua superficial y subterránea durante la vida
del Proyecto, en el sitio del mismo y en el SAR, con el objeto de que en caso
detectar desviaciones negativas se lleven a cabo medidas de mitigación y
corrección para atender dicha situación, lo cual deberá ser notificado a la
brevedad a la ASEA.
Adicionalmente, Pemex aplicará un Programa de Rescate y
Reubicación de Flora, cuyo objetivo es el de proteger la diversidad florística
del área del proyecto a través de estrategias de rescate, reubicación y
reforestación de aquellas especies sensibles, de importancia ecológica,
endémicas, de difícil regeneración, así como aquellas que contribuyan a la
conservación de suelos o se encuentren presentes dentro de alguna de las
categorías de protección de la NOM-059-SEMARNAT-2010, con el fin de mantener su
abundancia, diversidad y conservar los servicios ambientales que presentan
dentro del ecosistema.